En relación a la resolución dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia el día 28 de enero de 2021, a través de la cual se acogió la solicitud de exhibición de documento electrónico solicitada por el Club en contra de la ANFP, Deportes Iquique informa lo siguiente:
1. El Club, dentro de sus facultades legales, ha ejercido su derecho a comparecer ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia para solicitarle que impida los efectos anticompetitivos de la altamente cuestionada Tabla Ponderada 60/40.
2. La decisión de Deportes Iquique se tomó después de que durante prácticamente un año se solicitare por varios clubes información a la ANFP respecto de la Sesión del Consejo de Presidentes de la ANFP del día 19 de diciembre de 2019, sin que ésta se hubiera entregado. Asimismo, en términos jurídicos, los efectos anticompetitivos de la Tabla Ponderada 60/40 se consolidarán una vez que el campeonato nacional termine, por lo que no correspondía procesalmente solicitar la medida con anterioridad. Con todo, igualmente dicha tabla ha afectado el desempeño deportivo y competitivo del Club y de varios otros equipos del fútbol profesional chileno durante todo el torneo actualmente en disputa.
3. En razón de todo lo anterior, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia accedió a la solicitud de exhibición del registro de la Sesión del Consejo de Presidentes de la ANFP en que se acordó la aplicación de la Tabla Ponderada 60-40. Ello sin perjuicio de que, por el momento, considera que no procede aun la suspensión de los descensos.